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V0234-20 4 février 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · aportación no dineraria

Application du régime spécial des apports en nature sous conditions d'affectation et de comptabilité

Un contribuable s'interroge sur la possibilité de bénéficier du régime spécial de la LIS lors de l'apport de terrains, bâtiments et machines à une nouvelle société pour faciliter une succession familiale. La DGT précise que cela est possible si les biens sont affectés à l'activité économique, si la comptabilité est tenue conformément au Code de commerce et si des motifs économiques valables sont justifiés.

La question posée

Cuestión planteada 1º) Si la operación descrita se podría acoger al régimen fiscal especial previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial de la LIS, los elementos aportados deben estar afectos a actividades económicas con contabilidad según el Código de Comercio y el aportante debe mantener al menos un 5% de la entidad. Los motivos de sucesión familiar podrían considerarse razones económicas válidas, siempre que no sea una operación con fines meramente fiscales. En el IRPF, las existencias transmitidas tributan como rendimientos de actividad económica, mientras que el resto de elementos siguen reglas de ganancias patrimoniales, salvo que se aplique el régimen especial, en cuyo caso se mantienen valores y fechas de adquisición.

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