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V0212-17 30 janvier 2017 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · fusión impropia

Application du régime spécial de fusions et d'apports sous réserve de motifs économiques valables

Une entreprise s'interroge sur la possibilité d'appliquer le régime spécial de l'impôt sur les sociétés à une restructuration impliquant des fusions, des échanges de valeurs et des apports d'actions. La DGT confirme que cela est possible, à condition de respecter les exigences légales et que les motifs soient d'ordre économique et non purement fiscaux.

La question posée

Cuestión planteada 1. Aplicación del régimen especial de las fusiones, escisiones, aportaciones de activos, canje de valores y cambio de domicilio social de una Sociedad Europea o una Sociedad Cooperativa Europea de un Estado miembro a otro de la Unión Europea, del capítulo VII del título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, a las operaciones de fusión, aportación de acciones y participaciones y canje de valores descritas.

La position de la DGT

La fusión y el canje de valores pueden acogerse al régimen especial de la LIS si se cumplen los requisitos de la Ley de modificaciones estructurales y la normativa fiscal. La aportación de participaciones por personas físicas requiere que estas representen al menos el 5% de los fondos propios y que se posean ininterrumpidamente durante el año anterior. Los motivos de reestructuración y relevo generacional se consideran económicamente válidos, y la posterior donación de participaciones no invalida dicha calificación.

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