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V0175-17 25 janvier 2017 · SG de Tributación de las Operaciones Financieras Critère en vigueur
IRPF · rendimientos del capital mobiliario

La perte liée à la liquidation de bons suite à une procédure d'insolvabilité constitue un revenu de capitaux mobiliers

Une contribuable s'interroge sur la qualification de la différence négative entre l'investissement initial dans des bons et le montant perçu après un accord de liquidation pour insolvabilité de l'entité émettrice. La DGT répond que cette différence constitue un revenu de capitaux mobiliers négatif.

La question posée

Cuestión planteada Calificación tributaria en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de la diferencia negativa existente entre la inversión inicial en los bonos y el pago recibido en ejecución del Convenio de liquidación acordado en el procedimiento de insolvencia de la entidad emisora.

La position de la DGT

La diferencia entre los pagos totales recibidos por el procedimiento de insolvencia y el precio de suscripción de los bonos es un rendimiento del capital mobiliario según el artículo 25.2.b) de la Ley 35/2006. Este rendimiento negativo debe imputarse al ejercicio en que se reciba el pago, siempre que este suponga la finalización de la liquidación total del crédito. Al ser renta del ahorro, se integra en la base imponible del ahorro para su compensación según los límites legales.

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