Aller au contenu
Retour à l'index
V0076-15 13 janvier 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · agrupación de interés económico

Les AIE peuvent imputer les bases de déductions cinématographiques à leurs associés

La question porte sur la possibilité pour une AIE, associée d'autres AIE de production, d'imputer à ses propres associés les bases de déductions et les charges financières. La DGT confirme que cela est possible sous réserve du respect des conditions de la Loi sur les AIE et que l'imputation soit effectuée proportionnellement à la participation de chaque associé.

La question posée

Cuestión planteada 1. Si las AIEs productoras imputarían las bases imponibles, gastos financieros netos y las bases de deducciones y bonificaciones que se generasen por la realización de sus actividades a la AIE fondo, quien, a su vez, imputaría el sumatorio de las bases imponibles, gastos financieros netos, las bases de deducciones y bonificaciones que le han sido imputadas a los socios en función de su porcentaje de participación.

La position de la DGT

El régimen fiscal de las AIE permite que los socios reciban la imputación de bases imponibles, gastos financieros netos, deducciones y bonificaciones. En el caso de AIEs que participan en otras AIEs productoras, la imputación se realiza primero a la AIE partícipe y luego esta la traslada a sus propios socios según su porcentaje de participación. Si los socios son residentes en Canarias, podrán aplicar deducciones por producciones cinematográficas con los porcentajes y límites específicos del régimen económico y fiscal de Canarias.

Email
Contact