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V0054-18 17 janvier 2018 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · rama de actividad

L'apport d'une branche d'activité à une société peut bénéficier du régime spécial de l'IS et de l'IRPF

Un fabricant de meubles s'interroge sur la possibilité d'utiliser le régime spécial des restructurations lors de l'apport de son entreprise à une nouvelle société. La DGT confirme que cela est possible si l'activité constitue une branche d'activité et que les conditions de la LIS sont remplies, permettant en outre la subrogation des avantages fiscaux.

La question posée

Cuestión planteada 1º) Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre.

La position de la DGT

La aportación de una rama de actividad puede acogerse al régimen especial de la LIS si el patrimonio constituye una unidad económica autónoma capaz de operar por sus propios medios. En este caso, la actividad de fabricación de muebles cumple los requisitos de rama de actividad al disponer de elementos materiales y humanos y llevar contabilidad. Si se aplica este régimen, la persona física no integra renta en el IRPF y la sociedad se subroga en los derechos y obligaciones tributarios, incluyendo la libertad de amortización pendiente. La operación no estará sujeta a IVA si se transmite una unidad económica autónoma y no estará sujeta ni exenta en ITP/AJD si se califica como operación de reestructuración.

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