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V0053-17 13 janvier 2017 · SG de Fiscalidad Internacional Critère en vigueur
IRPF · residencia fiscal

L'obtention de revenus importants en Espagne pourrait déterminer la résidence fiscale par les intérêts économiques

Une résidente en Andorre s'interroge sur le fait que l'obtention de revenus atypiques de source espagnole puisse entraîner la perte de sa résidence en Andorre. La DGT précise que la résidence fiscale en Espagne dépend de la durée de séjour ou du centre des intérêts économiques, et que l'évaluation de ces derniers relève des faits.

La question posée

Cuestión planteada Corroborar que su residencia fiscal, según la información expuesta, es Andorra. En caso afirmativo, si la renta atípica de fuente española obtenida en el 2016 podría hacerle perder la condición de residente en Andorra.

La position de la DGT

La residencia fiscal en España se determina por la permanencia más de 183 días o por radicar en el país el núcleo de actividades o intereses económicos. Si la obtención de rentas de fuente española y el peso del patrimonio en España fueran muy significativos, podría apreciarse que el núcleo de intereses económicos reside en España. La valoración de este criterio es una cuestión de hecho que corresponde a los órganos de gestión e inspección de la AEAT.

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