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MOYEN
FISCAL

La valoración del uso de vehículos en renting debe ser el 20% de su valor de mercado como nuevo, no por el coste real

V2576-25

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia

Ficha tecnica

Tipo
consulta-vinculante (qu'est-ce que c'est ?)
Identificador
V2576-25
Publicacion
18 déc. 2025

Resumen

Una empresa consulta si puede valorar la retribución en especie de vehículos en renting por su coste real. La DGT responde que, al no ser propiedad de la empresa, debe aplicarse el 20% anual del valor de mercado del vehículo si fuese nuevo.

A quien afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Que hacer y antes de cuando

Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Linea de vida

2025-12-18pubPublicacion en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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Este analisis tiene caracter informativo y no constituye asesoramiento juridico ni crea relacion cliente-asesor. BM Consulting.
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