Debe imputarse renta inmobiliaria por la parte de copropiedad de una vivienda que no es la propia residencia habitual
Ficha tecnica
Resumen
Dos hermanos son copropietarios al 50% de tres inmuebles, de los cuales cada uno reside en uno como vivienda habitual. Se consulta si deben imputar renta por la parte de la vivienda que ocupa el otro hermano. La DGT responde que sí deben imputar renta por su participación en el inmueble que no es su vivienda habitual.
A quien afecta
Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.
Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Que hacer y antes de cuando
Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.