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BOE-A-2026-11136 ·23 mai 2026 ·Resolución Impact faible
Fiscal

Registro de la Propiedad: se suspende la inscripción de acta de finalización de obra por falta de documentación técnica y habitabilidad

Qui est concerné

S'applique à ce profil

  • Sociedades promotoras de obra nueva (ej. Ekipa, S.L.)
  • Sujetas a la obligación de comunicar la finalización de obras

art. 75.1 Decreto 64/2014

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Comment cela affecte les parties prenantes

Para las promotoras y sociedades constructoras, la resolución subraya la necesidad de aportar documentación completa para el registro de fin de obra, incluyendo cédulas de habitabilidad y justificantes de seguros (art. 75.1 Decreto 64/2014). Los técnicos deben asegurar la validación de sus firmas electrónicas para evitar bloqueos registrales. La falta de estos requisitos impide la correcta inscripción de la primera utilización y ocupación de los edificios.

Que faire et dans quel délai

ActionRéférenceDélai
Aportar cédulas de habitabilidad de las viviendas para permitir la inscripción art. 26.1 Ley 18/2007
Presentar justificante de pago de la prima del Seguro de daños a la edificación Instrucción de 11 de septiembre de 2000
Acompañar el libro del edificio digital con su certificación técnica de cumplimiento nota de calificación

Chronologie

2026-05-23pubPublication au BOE
Secteurs concernés
Texte officiel Basé sur les données du BOE (boe.es). Information, pas conseil juridique.

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Cette analyse est fournie à titre informatif et ne constitue pas un conseil juridique ni une relation client-conseiller. BM Consulting.
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