Ir al contenido

HOSTELERÍA

Estatal · Todo el Estado · Vigente

Identificación

Código de convenio
99010365011900
Ámbito
Estatal
Territorio
Todo el Estado
Autoridad laboral
Estatal
Sector
Turismo y hostelería
Estado
Vigente
Vigencia
1 ene 2023 a 31 dic 2030
Primer registro
12 jul 2012
Último trámite
4 sept 2026
Última revisión salarial
1 jun 2020

Texto oficial · BOE

Historial registral

Trámite Publicado Vigencia Texto
MODIFICACIÓN 4 sept 2026 1 ene 2023 – 31 dic 2030 BOE
CONVENIO COLECTIVO (TEXTO NUEVO) 10 mar 2023 1 ene 2023 – 31 dic 2030 sin enlace
ACUERDO AMPLIACIÓN ULTRAACTIVIDAD 22 mar 2022 1 ene 2015 – 31 dic 2020 sin enlace
ACUERDO PARCIAL 23 nov 2020 1 ene 2015 – 31 dic 2020 sin enlace
DENUNCIA - PROMOCIÓN DE NEGOCIACIÓN 5 nov 2020 1 ene 2015 – 31 dic 2020 sin enlace
REVISIÓN SALARIAL AUTOMÁTICA TABLAS 1 jun 2020 1 ene 2015 – 31 dic 2020 sin enlace
MODIFICACIÓN 29 mar 2019 1 ene 2015 – 31 dic 2020 sin enlace
MODIFICACIÓN 31 may 2017 1 ene 2015 – 31 dic 2020 sin enlace
PRONUNCIAMIENTO DEL TRIBUNAL 7 oct 2016 31 dic 2014 – ? sin enlace
CONVENIO COLECTIVO (TEXTO NUEVO) 21 may 2015 1 ene 2015 – 31 dic 2020 sin enlace
PROMOCIÓN DE NEGOCIACIÓN 20 ene 2015 31 dic 2014 – ? sin enlace
DENUNCIA 15 dic 2014 31 dic 2014 – ? sin enlace
MODIFICACIÓN 21 jul 2014 31 dic 2014 – ? sin enlace
MODIFICACIÓN 14 mar 2014 31 dic 2014 – ? sin enlace
ACUERDOS DERIVADOS DE CONVENIOS 22 nov 2013 31 dic 2014 – ? sin enlace
ACUERDOS DERIVADOS DE CONVENIOS 25 oct 2013 31 dic 2014 – ? sin enlace
ACUERDOS DERIVADOS DE CONVENIOS 30 jul 2013 31 dic 2014 – ? sin enlace

Frente al Estatuto de los Trabajadores

Un convenio mejora los mínimos del Estatuto, nunca los empeora (arts. 3.1.c y 85.1 ET). Esto es lo que se puede contrastar con lo que publica el registro.

Jornada anual No consta en el registro art. 34.1 ET
Mínimo del Estatuto
2080 h/año (40 h/semana de promedio)
Este convenio
no consta

El registro no publica la jornada anual de este convenio. Está en el texto publicado en el boletín.

Mínimos del Estatuto que este convenio tiene que respetar
Jornada máxima 40 horas semanales de promedio anual (2080 h/año) art. 34.1 ET
Jornada diaria Máximo 9 horas ordinarias al día, salvo distribución irregular pactada art. 34.3 ET
Descanso entre jornadas 12 horas entre el fin de una jornada y el inicio de la siguiente art. 34.3 ET
Descanso semanal 1.5 días ininterrumpidos a la semana, acumulables por períodos de hasta 14 días art. 37.1 ET
Vacaciones 30 días naturales al año, no sustituibles por dinero art. 38.1 ET
Horas extraordinarias Máximo 80 al año, sin contar las de fuerza mayor ni las compensadas con descanso art. 35.2 ET
Salario El del convenio aplicable, y en todo caso nunca por debajo del SMI vigente art. 27 ET

Sobre esto no se puede pronunciar este análisis

El registro publica datos registrales. Estas materias están en el texto del convenio y hay que leerlas ahí:

  • Días de vacaciones y su calendario (art. 38 ET)
  • Permisos retribuidos por encima del mínimo (art. 37.3 ET)
  • Complemento de la empresa en incapacidad temporal
  • Antigüedad: trienios, quinquenios y sus topes
  • Preaviso, período de prueba y clasificación profesional
  • Régimen de horas extraordinarias y su compensación (art. 35 ET)

Datos registrales tomados de REGCON (Ministerio de Trabajo y Economía Social). El texto que aplica es el publicado en su boletín oficial. Esta ficha no sustituye a la lectura del convenio.

Email
Contacto