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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre sociedad holding

127 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «sociedad holding», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 44 consultas · 2019–2024

Criterio vigente

Para el régimen de canje de valores, la entidad adquirente debe obtener la mayoría de los derechos de voto y cumplir los requisitos del artículo 80 de la LIS. Los socios no integran las rentas en su base imponible del IRPF, manteniendo los valores recibidos su valor y fecha de adquisición originales. La operación debe responder a motivos económicos válidos y no tener como objetivo principal el fraude o la evasión fiscal.

La posición de la DGT se mantiene constante en la aplicación de los regímenes especiales de aportaciones no dinerarias y canje de valores, exigiendo siempre la mayoría de derechos de voto y la ausencia de fines fraudulentos. Se observa una mayor precisión en la exclusión de entidades con actividad de gestión de patrimonio o agrupaciones de interés económico para el régimen de aportaciones. No hay cambios de fondo, sino una reiteración de los requisitos de sustancia económica y control.

Puntos de inflexión

  1. V2369-20

    Introduce la exigencia de que las participaciones se hayan poseído ininterrumpidamente durante el año anterior y excluye expresamente a las agrupaciones de interés económico o entidades cuya actividad principal sea la gestión de patrimonio.

Análisis basado en 35 de 44 consultas con criterio disponible. Actualizado 8 de agosto de 2026.

127 consultas

V2369-20 10 jul 2020

Requisitos para la aplicación del régimen especial de aportaciones no dinerarias

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
aportación no dinerariarégimen especialfondos propiosmotivos económicos válidosreestructuración LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 87.1LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 89.2
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V2215-19 19 ago 2019

Requisitos para la aplicación del régimen especial de aportaciones no dinerarias

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
aportación no dinerariarégimen especialfondos propiosmotivos económicos válidossociedad holding LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 87LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 89.2
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V4854-16 11 nov 2016

Requisitos para la aplicación del régimen especial de canje de valores

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
canje de valoresrégimen especialmotivos económicos válidossociedad holdingderechos de voto LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 76.5LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 80.1
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V4393-16 13 oct 2016

La aplicación del régimen de canje de valores requiere la obtención de la mayoría de derechos de voto, el cumplimiento de los requisitos del art. 80 LIS y la existencia de motivos económicos válidos

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
canje de valoresrégimen especialmotivos económicos válidosmayoría de derechos de votosociedad holding LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 76.5LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 80.1
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V0346-16 28 ene 2016

Requisitos para acogerse al régimen especial de aportaciones de activos según la LIS

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
aportaciones no dinerariasrégimen especial de fusionesmotivos económicos válidossociedad holdingparticipación en fondos propios LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 87LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 89.2
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V0345-16 28 ene 2016

Requisitos para acogerse al régimen especial de aportaciones de activos según la LIS

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
aportaciones no dinerariasrégimen especial de fusionesmotivos económicos válidossociedad holdingparticipación en fondos propios LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 87LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 89.2
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V3540-15 17 nov 2015

La aportación de participaciones sociales puede acogerse al régimen especial de la LIS si se cumplen los requisitos legales y existen motivos económicos válidos

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
régimen especial de fusionesaportación no dinerariamotivos económicos válidossociedad holdingparticipaciones sociales LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 87LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 89.2
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