Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Las ayudas para gastos de enfermedad no cubiertos por el Servicio de Salud o Mutualidad destinadas al tratamiento o restablecimiento de la salud no son renta sujeta al IRPF. Tributan como rendimientos del trabajo las prestaciones que busquen paliar la situación económica del perceptor o aquellas que cubran gastos ya cubiertos por la sanidad pública.
La posición de la DGT se mantiene constante desde 2015. El criterio distingue sistemáticamente entre ayudas para el restablecimiento de la salud, que están exentas, y prestaciones para paliar la situación económica o cubrir gastos ya cubiertos por la sanidad pública, que tributan.
Análisis basado en 37 de 38 consultas con criterio disponible. Actualizado 23 de septiembre de 2026.