Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Las aportaciones a planes de pensiones para personas con discapacidad permiten reducir la base imponible general con un límite de 10.000 euros anuales por aportante. El límite conjunto de reducciones para una misma persona con discapacidad es de 24.250 euros anuales. Las prestaciones del régimen especial solo se aplican si las aportaciones se realizaron específicamente bajo este régimen y no pueden derivar de planes de pensiones del régimen general.
La posición de la DGT se mantiene constante en la distinción entre el régimen general y el especial de planes de pensiones, reiterando que la movilización de derechos no es posible (V0558-14, V2692-18, V5010-26). Se mantiene la exigencia de formalidad mediante documento público para aportaciones al patrimonio protegido (V1522-16, V0781-17).
Análisis basado en 43 de 43 consultas con criterio disponible. Actualizado 23 de septiembre de 2026.