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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre notoriamente irregular

42 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «notoriamente irregular», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Criterio matizado Confianza alta 42 consultas · 2014–2026

Criterio vigente

La reducción del 30% por rendimientos notoriamente irregulares procede cuando las cantidades se imputan en un único período impositivo. Es aplicable a indemnizaciones por resolución de mutuo acuerdo de la relación laboral y a prestaciones por incapacidad permanente satisfechas por la empresa. La prohibición de aplicar la reducción si se han percibido otros rendimientos con este beneficio en los cinco años anteriores no afecta a aquellos con un período de generación de dos años o más.

La DGT mantiene la aplicación de la reducción para supuestos como la incapacidad permanente o la extinción por mutuo acuerdo. Se observa un endurecimiento en la interpretación de los requisitos, exigiendo que la percepción derive de la alteración o supresión de condiciones de trabajo preexistentes. Finalmente, se precisa el alcance de la limitación de los cinco años respecto al período de generación.

Puntos de inflexión

  1. V0858-20

    Establece que la reducción requiere que la empresa haya alterado, suprimido o modificado percepciones económicas de duración indefinida o condiciones de trabajo, excluyendo acuerdos extrajudiciales que no obedezcan a dicha modificación.

  2. V5288-26

    Aclara que la prohibición de aplicar la reducción por haber percibido otros rendimientos con reducción en los cinco años anteriores solo afecta a rendimientos con período de generación superior a dos años.

Análisis basado en 34 de 42 consultas con criterio disponible. Actualizado 23 de septiembre de 2026.

42 consultas

V1805-18 21 jun 2018

Las prestaciones por fallecimiento pueden constituir rendimientos del trabajo

SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
rendimientos del trabajoprestaciones por fallecimientonotoriamente irregularsubsidio por defunciónreducción del 30 por ciento LIRPF — Ley 35/2006 del IRPF art. 17RIRPF — RD 439/2007, Reglamento del IRPF art. 12.1.d
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