Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La declaración censal es el instrumento para altas, bajas, variaciones y opciones de regímenes tributarios. Las personas jurídicas deben solicitar su NIF antes de realizar operaciones, con carácter provisional hasta la aportación de documentación. La revocación de la renuncia al método de estimación objetiva requiere obligatoriamente la presentación del modelo de declaración censal, sin admitirse la revocación tácita.
La posición de la DGT se mantiene estable en cuanto a la naturaleza de la declaración censal como herramienta de gestión de obligaciones. Las consultas no muestran un cambio de doctrina, sino que abordan aspectos específicos como la obligatoriedad de modelos concretos (036 o 037), la gestión del NIF y la formalidad necesaria para la revocación de regímenes de estimación objetiva.
Puntos de inflexión
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Establece que la revocación de la renuncia al método de estimación objetiva debe ser expresa mediante declaración censal, descartando la posibilidad de una revocación tácita.
Análisis basado en 67 de 70 consultas con criterio disponible. Actualizado 23 de septiembre de 2026.