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Las indemnizaciones por despido colectivo tendrán un límite de exención de 180.000 euros

La tributación de las cantidades percibidas por los trabajadores tras un despido colectivo ha sido objeto de aclaración por parte de la Administración Tributaria. El tratamiento fiscal de estas indemnizaciones depende de la cuantía y de la normativa aplicable al caso concreto.

Qué ha resuelto la DGT

La Dirección General de Tributos establece que la parte de la indemnización por despido colectivo que queda exenta de tributación tiene como límite el menor de los siguientes dos importes:

  • La cuantía establecida en el Estatuto de los Trabajadores para el despido improcedente.
  • La cantidad de 180.000 euros.

Cualquier exceso sobre estos límites deberá tributar como rendimiento del trabajo en el IRPF. No obstante, el trabajador podrá aplicar la reducción del 30% siempre que se cumplan los requisitos legales establecidos. Respecto a otros conceptos, las aportaciones a planes de pensiones tributan como rentas regulares, mientras que el seguro de enfermedad está exento hasta un límite de 500 euros anuales por persona, o 1.500 euros en caso de discapacidad.

Qué significa para ti

Si usted es un trabajador que va a percibir una indemnización por despido colectivo, debe tener en cuenta que no la totalidad de la cuantía podría estar libre de impuestos. Es necesario calcular si su indemnización supera el límite de los 180.000 euros o lo previsto en el Estatuto de los Trabajadores para determinar la base imponible de su IRPF.

Asimismo, si la empresa realiza aportaciones a convenios especiales, estas no tributan para el trabajador si son a cargo del empresario. Sin embargo, si estas cotizaciones son a cargo del trabajador, las cantidades pagadas por la empresa se integrarán como rendimiento íntegro del trabajo.

Qué conviene hacer

Es necesario verificar la cuantía exacta de la indemnización y contrastarla con los límites legales para prever el impacto fiscal en la declaración de la renta. Las empresas deben asegurar la correcta aplicación de estos límites de exención, tanto en las indemnizaciones como en los seguros de salud pagados a sus empleados, para evitar errores en las retenciones.

Preguntas frecuentes

¿Qué ocurre si mi indemnización supera los 180.000 euros?
El importe que exceda ese límite tributará como rendimiento del trabajo en su IRPF.
¿Puedo aplicar alguna reducción al tributar el exceso de la indemnización?
Sí, se podrá aplicar la reducción del 30% si se cumplen los requisitos legales.
Consulta vinculante oficial V5403-26
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