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Los propietarios de viviendas podrán deducirse la instalación de sistemas de almacenamiento en 2026

La posibilidad de reducir la carga fiscal mediante la mejora de la eficiencia energética en el hogar ha recibido una clarificación importante por parte de la Administración Tributaria. Se ha determinado si la implementación de sistemas de almacenamiento de energía sobre instalaciones de autoconsumo ya existentes puede beneficiarse de los incentivos fiscales previstos para el ejercicio 2026.

Qué ha resuelto la DGT

La Dirección General de Tributos ha dictaminado que la instalación de un sistema de almacenamiento de energía sobre una instalación de autoconsumo fotovoltaico preexistente se encuentra comprendida en la deducción establecida en la disposición adicional sexagésima segunda de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF).

De acuerdo con el criterio emitido, el contribuyente podrá aplicar una deducción del 10 por ciento sobre las cantidades satisfechas por dicha instalación durante el año 2026. La base de esta deducción no se limita únicamente al equipo de almacenamiento, sino que incluye:

  • Equipos y materiales necesarios.
  • Gastos de instalación.
  • Obras necesarias para la implementación del sistema.

Qué significa para ti

Si eres propietario de una vivienda y ya dispones de una instalación de autoconsumo, la incorporación de baterías o sistemas de almacenamiento para optimizar el uso de la energía generada tendrá un impacto positivo en tu declaración de la renta en 2026. No es necesario que la instalación sea nueva desde cero; la mejora de una infraestructura existente es válida para el beneficio fiscal.

Sin embargo, para que esta deducción sea efectiva, deben cumplirse estrictamente tres condiciones:

  • El pago debe haberse realizado en el ejercicio 2026.
  • Se debe contar con la certificación técnica correspondiente.
  • La instalación no puede estar afecta a una actividad económica.

Qué conviene hacer

Para asegurar el derecho a esta deducción, es fundamental conservar toda la documentación que acredite el coste total de la inversión, incluyendo tanto el material como la mano de obra y las obras civiles realizadas. Dado que la normativa exige certificaciones específicas, es necesario coordinar la instalación con profesionales que emitan los documentos técnicos requeridos por la normativa vigente. Cada situación particular debe ser analizada para confirmar que no existe afectación económica que invalide el derecho al beneficio.

Preguntas frecuentes

¿Puedo deducirme el almacenamiento si ya tengo placas solares?
Sí, la DGT confirma que la instalación de almacenamiento sobre una infraestructura de autoconsumo preexistente es apta para la deducción.
¿Qué gastos se incluyen en la base de la deducción?
Se incluyen los equipos, materiales, los gastos de instalación y las obras necesarias para el sistema.
Consulta vinculante oficial V5356-26
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