Las empresas que reciben servicios podrán deducir el gasto por incentivos a sus empleados
La deducibilidad de los gastos de personal en estructuras de grupos empresariales ha sido objeto de análisis por parte de la Administración Tributaria. El foco de la cuestión reside en determinar qué entidad tiene derecho a aplicar como gasto fiscal el coste derivado de los planes de incentivos de los directivos o managers.
Qué ha resuelto la DGT
La Dirección General de Tributos ha abordado la situación de dos entidades, X e Y, que cuentan con managers contratados por cada una de ellas. El núcleo del debate era si el gasto contable registrado como gasto de personal en la cuenta de pérdidas y ganancias de la entidad que efectivamente recibe los servicios de dichos profesionales es fiscalmente deducible en el Impuesto sobre Sociedades, aun cuando el pago efectivo de los incentivos sea realizado por la sociedad dominante del grupo.
Tras analizar la normativa del Impuesto sobre Sociedades (Ley 27/2014), el órgano vinculante determina que el gasto por incentivos tiene la consideración de gasto fiscalmente deducible en la entidad que recibe los servicios de los managers, siempre que dicho gasto esté vinculado a la actividad económica de la propia sociedad y sea necesario para la obtención de ingresos.
Qué significa para ti
Esta resolución tiene una relevancia directa para las sociedades que forman parte de un grupo fiscal y aplican planes de incentivos para retener talento. En estructuras donde la sociedad matriz o dominante centraliza los pagos de remuneraciones o incentivos de los directivos de sus filiales, la entidad que realmente utiliza el servicio y cuya actividad se ve beneficiada por la gestión de esos profesionales es la que debe registrar y deducir el gasto.
El criterio confirma que la deducibilidad no depende de quién desembolse el dinero de forma efectiva, sino de la relación de causalidad entre el gasto y la actividad de la entidad que recibe el servicio profesional.
Qué conviene hacer
Las empresas deben asegurar que la documentación contable y los contratos reflejen con claridad la prestación de servicios de los managers a la entidad que pretende deducir el gasto. Es necesario que exista una correspondencia entre la actividad económica de la sociedad y el servicio recibido, garantizando que el incentivo esté vinculado a los objetivos de la entidad beneficiaria para evitar contingencias en la liquidación del Impuesto sobre Sociedades.
Preguntas frecuentes
- ¿Puede una filial deducir incentivos si la matriz es quien paga?
- Sí, siempre que la filial sea la que reciba los servicios de los profesionales y el gasto sea necesario para su actividad.
- ¿Qué normativa regula este supuesto?
- La deducibilidad se rige por la Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS).