Las comunidades de bienes con actividad económica deberán cumplir con los requisitos VERIFACTU
La implementación del nuevo Reglamento de Facturación (RSIF) plantea interrogantes sobre la naturaleza de los sistemas informáticos utilizados por diversas estructuras jurídicas. Recientemente, la Dirección General de Tributos ha aclarado el alcance de esta obligación para las comunidades de bienes que desarrollan actividades económicas.
Qué ha resuelto la DGT
La consulta planteada versaba sobre si el uso de herramientas que generan facturas mediante plugins, pero que no automatizan el registro en libros contables o fiscales, eximía del cumplimiento de los requisitos técnicos de VERIFACTU. El órgano vinculante ha determinado que las comunidades de bienes se encuentran plenamente incluidas en el ámbito de aplicación del Reglamento siempre que desarrollen una actividad económica y la facturación se realice en su condición de sujetos pasivos del IVA.
El criterio establece que el sistema informático de facturación debe garantizar, sin excepción, los siguientes atributos en los registros:
- Integridad
- Conservación
- Accesibilidad
- Legibilidad
- Trazabilidad
- Inalterabilidad
La DGT subraya que la falta de automatización en el traspaso de datos hacia programas de contabilidad o libros registro no supone una excepción a la norma. El cumplimiento de los requisitos técnicos del Reglamento es independiente de si el sistema genera o no los asientos contables de forma automática.
Qué significa para ti
Si usted forma parte de una comunidad de bienes que opera como sujeto pasivo del IVA, su sistema de facturación actual debe ser capaz de cumplir con los estándares de seguridad y trazabilidad exigidos por el RD 1007/2023. No basta con que el software emita un documento con los datos del pedido; el sistema debe asegurar que la información no puede ser alterada una vez generada y que su trazabilidad es completa.
Qué conviene hacer
Es necesario verificar que las herramientas tecnológicas y los plugins de facturación utilizados por la comunidad de bienes cumplen con las especificaciones técnicas del Reglamento de Facturación. La ausencia de integración automática con los libros contables no es un argumento válido para omitir estas exigencias técnicas. Se recomienda evaluar la capacidad de sus sistemas actuales para garantizar la inalterabilidad y la integridad de los registros fiscales.
Preguntas frecuentes
- ¿Si mi plugin de facturación no lleva los datos a la contabilidad, estoy exento?
- No, la falta de automatización del registro contable no exime de la obligación de cumplir con los requisitos técnicos del Reglamento.
- ¿Qué requisitos debe cumplir el sistema de facturación?
- Debe garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.