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Diferencia entre formación y asesoramiento en el alta del IAE

La correcta clasificación de las actividades económicas en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) es un aspecto fundamental para el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los profesionales autónomos. Una elección errónea del epígrafe puede derivar en una incorrecta declaración de la actividad desarrollada ante la Administración.

Qué ha resuelto la DGT

La Dirección General de Tributos ha clarificado el criterio para determinar el alta en el IAE cuando se realizan actividades de orientación laboral. El criterio se basa en el objeto principal de la prestación del servicio:

  • Actividades de formación o enseñanza: Si la orientación laboral tiene como finalidad la formación de los usuarios, el contribuyente debe darse de alta en el grupo 824.
  • Actividades de asistencia o asesoramiento: Si la actividad se centra en la asistencia, el asesoramiento o el análisis profesional, corresponde el grupo 777.

Asimismo, la resolución subraya que el contribuyente tiene la obligación de darse de alta en todas las rúbricas que clasifiquen las actividades que efectivamente realice, sin limitarse a una sola si su modelo de negocio es mixto.

Qué significa para ti

Para los profesionales autónomos que operan en el ámbito de la orientación laboral, este criterio implica que no basta con definir la actividad de forma genérica. La naturaleza técnica de lo que se ofrece determina el grupo del IAE. Si usted ofrece cursos, se encuentra en un ámbito; si ofrece consultoría o análisis de perfiles, se encuentra en otro. Esta distinción es necesaria para cumplir con la normativa establecida en el TRLRHL y el RD Leg. 1175/1990.

Qué conviene hacer

Es necesario analizar el catálogo de servicios que presta su actividad para identificar si existen elementos de formación y elementos de asesoramiento profesional. En caso de que su actividad combine ambos conceptos, debe considerar el alta en ambos epígrafes para reflejar con exactitud su realidad económica. Se recomienda valorar cada caso particular para asegurar que la clasificación en el IAE sea coherente con los servicios que se facturan.

Preguntas frecuentes

¿Puedo darme de alta en dos epígrafes distintos?
Sí, debe darse de alta en todas las rúbricas que clasifiquen las actividades que efectivamente realice.
¿Qué epígrafe uso si doy consejos pero no imparto cursos?
Si la actividad se dirige a la asistencia, asesoramiento o análisis profesional, debe utilizar el grupo 777.
Consulta vinculante oficial V2289-25
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