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Deducción del 60% en Melilla para trabajadores con actividad remota

La Dirección General de Tributos ha emitido un criterio relevante para los residentes en Melilla que desempeñan sus funciones laborales de manera remota. La consulta se centraba en determinar si los ingresos derivados de una relación laboral con una empresa situada fuera de la ciudad permiten acceder a los beneficios fiscales previstos para este territorio.

Qué ha resuelto la DGT

El organismo ha aclarado que los rendimientos del trabajo se consideran obtenidos en Ceuta o Melilla siempre que se deriven de actividades realizadas físicamente en dichos territorios. En este sentido, si un trabajador desarrolla su actividad de forma remota de manera íntegra desde Melilla, los ingresos percibidos de una empresa ubicada, por ejemplo, en Madrid, deben considerarse rentas obtenidas en Melilla.

Al confirmarse la ubicación de la obtención de la renta, el contribuyente tiene derecho a aplicar la deducción del 60% de la cuota íntegra, tanto estatal como autonómica, de forma proporcional a dichas rentas, conforme a lo establecido en la normativa vigente.

Qué significa para ti

Este criterio tiene un impacto directo en los residentes en Melilla que trabajan para empresas ubicadas en otras comunidades autónomas mediante el teletrabajo. La clave no reside en la ubicación de la sede de la empresa empleadora, sino en el lugar donde el trabajador realiza efectivamente su actividad profesional.

Si su actividad se desarrolla íntegramente desde el territorio melillense, sus ingresos laborales se integran en la base imponible bajo las condiciones de residencia y obtención de renta de la ciudad, lo que habilita el uso de la deducción prevista en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Qué conviene hacer

Es fundamental que los trabajadores remotos en Melilla cuenten con la documentación que acredite la realización efectiva de su actividad en el territorio. La correcta delimitación de dónde se presta el servicio es el factor determinante para la aplicación de este beneficio fiscal. Dado que cada situación laboral presenta particularidades, es necesario valorar cada caso de forma individual para asegurar el cumplimiento de los requisitos legales.

Preguntas frecuentes

¿Importa dónde esté la sede de mi empresa para la deducción?
No, lo determinante es el lugar donde el trabajador realiza efectivamente su actividad laboral.
¿Qué deducción se puede aplicar?
Se puede aplicar la deducción del 60% de la cuota íntegra estatal y autonómica proporcional a las rentas obtenidas en Melilla.
Consulta vinculante oficial V1853-25
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