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Remisión de registros de facturación: voluntariedad y el sistema VERI*FACTU

La implementación del nuevo Reglamento de Facturación (RSIF) ha generado dudas sobre la obligatoriedad de ciertos procesos técnicos en los sistemas de gestión de los empresarios. Una consulta reciente de la Dirección General de Tributos (DGT) ha precisado el alcance de la conexión y la remisión de datos en estos sistemas.

Qué ha resuelto la DGT

La consulta se centraba en si los empresarios estaban obligados a disponer de conexión a internet en el lugar donde se ubica su Sistema de Facturación (SIF) para cumplir con la normativa vigente. La DGT ha determinado que, si bien el sistema informático debe garantizar la integridad y trazabilidad de los registros, así como tener capacidad de remisión electrónica a la Administración, la remisión automática y segura de dichos registros es de carácter voluntario.

Este criterio se fundamenta en el artículo 15 del Reglamento de Facturación (RSIF). No obstante, la autoridad aclara que si el contribuyente decide acogerse a la remisión automática, su sistema podrá ser considerado un Sistema de emisión de facturas verificables (VERI*FACTU).

Qué significa para ti

Para los empresarios y profesionales que utilizan sistemas informáticos para la facturación, esto implica que la automatización del envío de datos a la Administración no es una imposición directa para todos los casos. Existe una distinción clara entre cumplir con los requisitos de integridad y trazabilidad del sistema y la decisión de automatizar el envío de la información.

Si una empresa opta por el sistema VERI*FACTU, la dinámica de comunicación con la Administración cambia, ya que este modelo está diseñado para la verificación de las facturas emitidas. Por tanto, la elección del modelo de gestión tecnológica tendrá consecuencias en la forma en que se interactúa con la Administración Tributaria.

Qué conviene hacer

Es necesario evaluar la infraestructura tecnológica actual y los objetivos de gestión de la empresa. La decisión de implementar la remisión automática o de adoptar el sistema VERI*FACTU debe basarse en las necesidades de cumplimiento y en la capacidad técnica del software de facturación. Se recomienda valorar cada situación particular para determinar qué modelo de sistema de facturación se adapta mejor a la operativa del negocio y a los requisitos del Real Decreto 1007/2023.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio tener internet para el sistema de facturación?
La obligatoriedad de la remisión automática es voluntaria, aunque el sistema debe tener capacidad de remisión electrónica.
¿Qué es el sistema VERI*FACTU?
Es un sistema de emisión de facturas verificables al que se accede si el contribuyente opta por la remisión automática de registros.
Consulta vinculante oficial V1804-25
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