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Los padres no trabajadores no podrán aplicar la deducción por maternidad

La aplicación de las deducciones por maternidad y los incrementos asociados por gastos de custodia genera dudas frecuentes en las declaraciones de IRPF, especialmente cuando ambos progenitores conviven pero tienen situaciones laborales distintas. Una reciente consulta vinculante de la Dirección General de Tributos (DGT) ha delimitado los alcances de este derecho.

Qué ha resuelto la DGT

La autoridad tributaria ha determinado que el padre no tiene derecho a la deducción por maternidad ni a su correspondiente abono anticipado si no cumple con los requisitos establecidos en el artículo 81.1 de la Ley del IRPF. En este sentido, la deducción está vinculada estrictamente a la condición de la persona que ostenta el derecho según la normativa vigente.

No obstante, la resolución permite que la madre aplique el incremento de hasta 1.000 euros por gastos de custodia en guarderías o centros de educación infantil autorizados. Para que este incremento sea efectivo, deben cumplirse los requisitos de forma simultánea y computarse por meses completos. Respecto al límite máximo de dicho incremento, la DGT señala que se deben sumar los gastos satisfechos por ambos progenitores.

Qué significa para ti

Si eres padre y no cumples con los requisitos de la Ley del IRPF, no podrás beneficiarte de la deducción por maternidad ni de su abono anticipado, independientemente de la situación de la madre. Sin embargo, si eres madre y realizas gastos en centros de educación infantil autorizados, puedes aplicar el incremento previsto en la norma.

Es importante tener en cuenta que, para el cálculo del límite del incremento, se computarán los gastos realizados por ambos progenitores, lo que requiere una gestión coordinada de los justificantes de pago.

Qué conviene hacer

Los contribuyentes deben verificar que los centros de educación infantil donde se encuentran sus hijos estén debidamente autorizados para poder aplicar el incremento por gastos de custodia. Asimismo, es necesario comprobar que los requisitos de la deducción se cumplen de forma simultánea durante los meses en que se pretenda aplicar el beneficio. En el caso de deducciones autonómicas, como las de la Comunidad Autónoma de Canarias, se debe consultar la normativa específica de dicha región, ya que la competencia para resolver estas cuestiones recae en la propia Comunidad Autónoma.

Preguntas frecuentes

¿Pueden ambos progenitores sumar sus gastos para el límite del incremento por guardería?
Sí, para el límite del incremento se sumarán los gastos satisfechos por ambos progenitores.
¿La DGT resuelve sobre las deducciones autonómicas de Canarias?
No, la competencia para resolver sobre deducciones de la Comunidad Autónoma de Canarias es de la propia Comunidad Autónoma.
Consulta vinculante oficial V1349-26
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