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Los contribuyentes podrán recuperar la deducción por vivienda habitual si vuelven a residir en ella

El régimen transitorio de la deducción por inversión en vivienda habitual ha generado diversas dudas sobre la posibilidad de reactivar este beneficio fiscal en caso de cambios en la residencia efectiva del contribuyente. La Dirección General de Tributos ha clarificado recientemente el tratamiento aplicable cuando una vivienda que dejó de ser residencia habitual vuelve a cumplir dicha condición.

Qué ha resuelto la DGT

La DGT determina que aquellos contribuyentes que cumplían con los requisitos para acogerse al régimen transitorio podrán volver a practicar la deducción si la vivienda vuelve a constituir su residencia habitual. Para que este derecho se active, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Residencia efectiva: La vivienda debe ser habitada de manera efectiva y permanente por el propio contribuyente.
  • Temporalidad: Dicha residencia debe mantenerse durante un periodo mínimo de tres años continuados.
  • Base de la deducción: El derecho a la deducción no se aplica sobre la totalidad de la inversión histórica, sino que se reinicia considerando únicamente las cantidades satisfechas desde el nuevo comienzo como residencia habitual.

Qué significa para ti

Si usted posee una vivienda adquirida antes de 2013 y, tras un periodo en el que no fue su residencia principal, decide volver a vivir en ella, no pierde definitivamente la oportunidad de aplicar este beneficio fiscal. Sin embargo, es fundamental entender que la deducción no se recupera de forma retroactiva sobre las cantidades ya deducidas anteriormente, sino que se genera un nuevo derecho basado en los pagos realizados a partir del momento en que se restablece la residencia habitual.

Qué conviene hacer

Ante una situación de cambio de residencia, es necesario documentar la permanencia efectiva en la vivienda para acreditar el cumplimiento del plazo de tres años exigido por la normativa. Dado que el cálculo de las cantidades a deducir se reinicia, resulta necesario realizar un seguimiento preciso de los pagos y la inversión realizada desde el nuevo inicio de la residencia. Se recomienda valorar cada situación particular para asegurar que se cumplen los requisitos de habitabilidad permanente exigidos por la Ley del IRPF y su Reglamento.

Preguntas frecuentes

¿Se puede deducir todo el importe invertido originalmente?
No, el derecho a la deducción se reinicia y se aplica sobre las cantidades satisfechas desde el nuevo comienzo como residencia habitual.
¿Cuánto tiempo debe residir en la vivienda para aplicar la deducción?
Debe habitar la vivienda de manera efectiva y permanente durante un mínimo de tres años continuados.
Consulta vinculante oficial V1242-26
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