Los herederos de una empresa familiar perderán la reducción si uno de ellos incumple el mantenimiento
La gestión de la continuidad de una empresa familiar tras el fallecimiento de un causante conlleva responsabilidades que trascienden la voluntad individual de cada heredero. La Dirección General de Tributos ha precisado las consecuencias fiscales cuando la transmisión de los bienes de la empresa se produce sin testamento o mediante un proindiviso, afectando directamente a la aplicación de las reducciones en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).
Qué ha resuelto la DGT
El criterio de la autoridad fiscal se centra en la naturaleza del grupo de herederos que se constituye en supuestos de herencia intestada o cuando los bienes se reciben en proindiviso. Según la interpretación de la Ley 29/1987, la reducción del 95% sobre el valor de la empresa familiar beneficia por igual a todos los causahabientes sobre la parte del valor del bien incluida en su base imponible.
La resolución determina que, al constituirse un grupo de herederos, el cumplimiento de los requisitos de permanencia es una condición colectiva. Por tanto, si uno solo de los coherederos incumple el deber de mantener el valor de la empresa familiar durante el periodo exigido, se produce la pérdida de la reducción para la totalidad de los beneficiarios. En este escenario, los herederos deberán abonar la parte del impuesto que no se ingresó originalmente, junto con los correspondientes intereses de demora.
Qué significa para ti
Si usted es heredero de una empresa familiar y la transmisión no se realiza mediante un testamento que individualice los bienes, o si los herederos mantienen la propiedad de forma compartida (proindiviso), su beneficio fiscal depende del comportamiento de los demás.
- Riesgo colectivo: La decisión o el incumplimiento de un solo coheredero puede anular el beneficio fiscal de todos los miembros del grupo.
- Impacto económico: La pérdida de la reducción del 95% no solo implica pagar el impuesto principal, sino también los intereses de demora generados desde el momento de la sucesión.
- Base imponible: El beneficio se aplica sobre la parte del valor de la empresa que integra la base imponible de cada heredero.
Qué conviene hacer
Ante situaciones de sucesión de empresas familiares, es necesario valorar la estructura de la transmisión. La existencia de un testamento que permita una adjudicación clara de bienes puede evitar que la situación de un heredero comprometa la posición fiscal de los demás. Es fundamental analizar la composición del grupo de herederos y los compromisos de permanencia que la normativa exige para asegurar la estabilidad de la reducción fiscal.
Preguntas frecuentes
- ¿Afecta este criterio si hay un testamento que reparte los bienes?
- El criterio se aplica específicamente cuando no hay testamento o cuando los bienes se heredan en proindiviso, formando un grupo de herederos.
- ¿Qué sucede con los intereses de demora?
- Los herederos deberán abonar la parte del impuesto que se dejó de ingresar debido a la reducción, sumando los intereses de demora correspondientes.