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Error en la retención: imputación de la cantidad al periodo de la renta

La correcta imputación temporal de las retenciones constituye un aspecto crítico en la gestión de los pagos de rentas. Recientemente, la Dirección General de Tributos ha abordado la cuestión de qué ocurre cuando el pagador no practica la retención correspondiente debido a un error, afectando la liquidación del impuesto.

Qué ha resuelto la DGT

La consulta se centra en la imputación temporal de las retenciones cuando estas no se han efectuado correctamente en el momento del pago. Tras analizar la normativa vigente, la DGT establece que las retenciones deben seguir la suerte de las rentas que pretenden asegurar. En este sentido, si existe un error por parte del pagador que impide la práctica de la retención en el momento de satisfacer la renta, la imputación de dicha cantidad debe realizarse en el periodo en el que se imputan las rentas correspondientes.

Este criterio se fundamenta en la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF Ley 35/2006 y RIRPF RD 439/2007) y la Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS Ley 27/2014), manteniendo la coherencia entre el devengo de la renta y la retención que debe acompañarla.

Qué significa para ti

Para el profesional o contribuyente que percibe la renta, este criterio es relevante para la correcta declaración de sus ingresos y deducciones. Si el pagador ha cometido un error y no ha practicado la retención, el contribuyente tiene la posibilidad de deducir la cantidad que debió ser retenida, siempre que se impute al periodo en el que se declaran las rentas.

Por otro lado, para las empresas y pagadores, se reitera la obligación de practicar la retención en el momento exacto de satisfacer la renta. Un error en este proceso no exime de la responsabilidad de la correcta gestión de los flujos de retención.

Qué conviene hacer

Ante una situación de retenciones no practicadas por error, es necesario:

  • Verificar que la imputación de la renta y la de la retención coincidan en el mismo periodo impositivo.
  • Comprobar que el error del pagador no afecte a la integridad de la base imponible declarada.
  • Valorar cada situación particular para asegurar que la deducción de la retención omitida se realice conforme a la normativa citada.

Preguntas frecuentes

¿Puedo deducir una retención que no me aplicaron por error?
Sí, siempre que la retención se impute al mismo periodo en el que se declaran las rentas correspondientes.
¿Cuándo debe el pagador practicar la retención?
La obligación de practicar la retención surge en el momento de satisfacer la renta.
Consulta vinculante oficial V1177-25
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