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Las nuevas empresas podrán tributar al 15% si cumplen los requisitos de actividad

La constitución de una nueva entidad económica conlleva la posibilidad de acceder a un tratamiento fiscal preferente durante sus primeros ejercicios. La Dirección General de Tributos ha clarificado las condiciones bajo las cuales las empresas recién creadas pueden aplicar el tipo impositivo reducido del Impuesto sobre Sociedades.

Qué ha resuelto la DGT

La administración tributaria establece que las entidades de nueva creación que inicien una actividad económica podrán tributar al tipo reducido del 15% durante el primer periodo con base imponible positiva y el siguiente. Sin embargo, este beneficio no es automático y está sujeto a la ausencia de supuestos de exclusión definidos en la normativa vigente.

El criterio señala que no podrán beneficiarse de este tipo reducido las entidades en los siguientes escenarios:

  • Cuando la actividad económica haya sido transmitida por personas o entidades vinculadas.
  • Cuando la actividad fuera ejercida el año anterior por una persona física que posea más del 50% de participación en la nueva entidad.
  • Cuando la entidad forme parte de un grupo de sociedades, de acuerdo con lo establecido en el Código de Comercio.

Qué significa para ti

Si estás en proceso de constitución de una sociedad o has iniciado recientemente una actividad económica, el cumplimiento de estos requisitos determinará tu carga fiscal inicial. El beneficio está diseñado para fomentar el inicio de nuevas actividades, pero la normativa busca evitar que se utilice para la mera reorganización de negocios ya existentes o para la transferencia de actividades entre partes vinculadas con el fin de reducir la presión fiscal.

Qué conviene hacer

Es necesario analizar la trayectoria de la actividad que la nueva entidad va a desarrollar. Se debe verificar si existe una transmisión previa de activos o actividades por parte de socios o entidades relacionadas, así como la estructura de propiedad para asegurar que no se incurre en los supuestos de exclusión mencionados. La correcta calificación de la actividad y la estructura societaria son determinantes para la aplicación del tipo del 15%.

Preguntas frecuentes

¿Durante cuántos periodos se puede aplicar el tipo del 15%?
Se aplica en el primer periodo con base imponible positiva y en el siguiente.
¿Si mi socio ya ejercía la actividad como autónomo puedo aplicar el tipo reducido?
No podrá aplicarse si la actividad era ejercida el año anterior por una persona física con más del 50% de participación.
Consulta vinculante oficial V1114-26
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