Las astillas, el serrín y las cortezas de madera tendrán un IVA del 10%
La Dirección General de Tributos ha clarificado el tratamiento fiscal aplicable a diversos productos derivados de la madera que se utilizan con fines energéticos. La resolución aborda la aplicación del tipo impositivo reducido en el contexto de las medidas adoptadas para la respuesta a la crisis energética.
Qué ha resuelto la DGT
El órgano consultivo ha determinado que las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de briquetas y pellets de biomasa y madera para leña cuentan con el tipo del 10% de IVA. Esta medida se extiende también a otros productos derivados de la madera, tales como:
- Astillas de madera.
- Serrín.
- Cortezas.
Para que estos derivados puedan beneficiarse de este tipo impositivo, es condición necesaria que se destinen directamente a ser utilizados como combustible o a la fabricación de briquetas o pellets. Este tratamiento fiscal será aplicable desde el 22 de marzo hasta el 30 de junio de 2026, quedando sujeto a la variación del IPC.
Qué significa para ti
Para las empresas que comercializan estos productos, la resolución aporta seguridad jurídica sobre la correcta aplicación del tipo impositivo. Si su actividad consiste en la venta de astillas, serrín o cortezas con el fin específico de que se conviertan en combustible o en productos de biomasa (como pellets), deben aplicar el tipo del 10% en lugar del tipo general.
En cuanto al consumidor final, esta medida supone una reducción en el coste de adquisición de productos destinados a la calefacción, al aplicarse un tipo de IVA inferior al habitual para este tipo de bienes.
Qué conviene hacer
Es necesario verificar que la finalidad del producto comercializado cumpla estrictamente con el requisito de destinación directa a combustible o fabricación de pellets. La correcta clasificación de la mercancía es fundamental para evitar errores en la liquidación del impuesto. Se recomienda analizar la cadena de valor y la documentación de los productos para asegurar que se encuadran en el supuesto de la consulta vinculante.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué productos se benefician del IVA al 10%?
- Briquetas, pellets, madera para leña, astillas, serrín y cortezas destinados a combustible o fabricación de pellets.
- ¿Hasta cuándo se mantiene este tipo de IVA?
- La medida está prevista hasta el 30 de junio de 2026, sujeta a la variación del IPC.