Ir al contenido

Deducción de gastos de vehículos turismo: la exigencia de afectación exclusiva

La Dirección General de Tributos (DGT) ha emitido un criterio relevante para los profesionales autónomos que buscan deducir los gastos derivados de la adquisición y mantenimiento de vehículos turismo en su declaración del IRPF.

Qué ha resuelto la DGT

La consulta planteada versaba sobre la posibilidad de deducir en el IRPF los gastos de adquisición, mantenimiento, reparaciones, combustible y otros costes asociados a un vehículo turismo. La DGT ha determinado que la deducción de estos gastos exige que el vehículo sea un elemento patrimonial afecto a la actividad económica.

Al no tratarse de una de las actividades exceptuadas por el Reglamento, la normativa exige que el vehículo se utilice de forma exclusiva para fines profesionales. Un punto clave de la resolución es que la titularidad de otro vehículo de uso privado no sirve como prueba para acreditar que el vehículo profesional se utiliza únicamente para la actividad económica.

Qué significa para ti

Si eres un profesional autónomo, este criterio limita la capacidad de deducir gastos de vehículos de tipo turismo. Para que la Administración acepte la deducción de estos costes, no basta con que el vehículo se use para trabajar; debe existir una afectación exclusiva a la actividad.

La existencia de un vehículo personal no garantiza que el vehículo vinculado a la actividad sea considerado profesional a efectos fiscales. Si el vehículo tiene un uso mixto, la deducción de sus gastos podría verse comprometida ante una inspección, dado que la normativa requiere la exclusividad en el uso para permitir la deducibilidad de los gastos de mantenimiento y adquisición.

Qué conviene hacer

Es fundamental que los profesionales evalúen la naturaleza del uso que realizan de sus vehículos. Ante la exigencia de afectación exclusiva, resulta necesario:

  • Verificar si el vehículo cumple con los requisitos de uso estrictamente profesional.
  • Considerar la documentación que respalde la actividad económica vinculada al vehículo.
  • Valorar cada situación particular para determinar la viabilidad de la deducción de gastos de combustible, reparaciones y otros costes asociados.

Preguntas frecuentes

¿Puedo deducir gastos de un coche si también lo uso para asuntos personales?
No, la DGT establece que para la deducción se requiere que el vehículo se utilice de forma exclusiva para fines profesionales.
¿Tener un coche particular ayuda a demostrar que el otro es profesional?
No, la titularidad de un vehículo de uso privado no acredita por sí misma la utilización exclusiva del vehículo profesional.
Consulta vinculante oficial V0671-25
Ver ficha completa →
Email
Contacto