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Deducibilidad de las cotizaciones por convenio especial de prácticas en el IRPF

La Dirección General de Tributos ha emitido un criterio relevante para aquellos trabajadores que han suscrito convenios especiales con la Seguridad Social para computar periodos de prácticas en su historial contributivo. La consulta se centraba en determinar si estos pagos tienen la consideración de gasto deducible y en qué ejercicio fiscal deben declararse.

Qué ha resuelto la DGT

El organismo ha confirmado que las cantidades satisfechas a la Tesorería General de la Seguridad Social derivadas de la suscripción de un convenio especial por prácticas se consideran gastos deducibles de los rendimientos íntegros del trabajo. Este tratamiento se fundamenta en la normativa vigente del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF).

Respecto al momento de la deducción, la DGT establece que la imputación temporal debe realizarse en el periodo impositivo en que las cotizaciones sean exigibles. Este factor depende directamente del sistema de abono que el contribuyente haya seleccionado:

  • Pago único: Si se opta por esta modalidad, la totalidad de las cotizaciones se imputará al año en que se suscriba el convenio y sea exigible el pago.
  • Pago fraccionado: La imputación se realizará conforme a la exigibilidad de cada cuota según el calendario de pagos establecido.

Qué significa para ti

Si eres un trabajador que ha realizado pagos para completar sus periodos de prácticas en la Seguridad Social, tienes derecho a reducir la base de tus rendimientos del trabajo mediante la deducción de estas cotizaciones. Es fundamental identificar correctamente el sistema de pago elegido, ya que esto determinará el ejercicio fiscal en el que podrás aplicar el gasto, evitando errores en la declaración de la renta.

Qué conviene hacer

Es necesario verificar el sistema de abono pactado con la Tesorería General de la Seguridad Social para asegurar que la imputación del gasto se realice en el ejercicio correcto. Se recomienda conservar la documentación que acredite la suscripción del convenio y los justificantes de pago para respaldar la deducción ante una posible actuación de la Administración. Cada situación particular debe ser analizada para determinar el impacto exacto en la declaración de la renta.

Preguntas frecuentes

¿Puedo deducir todo el pago en un solo año?
Sí, si optas por el sistema de pago único, la totalidad de las cotizaciones se imputará en el año en que sea exigible el pago.
¿Qué normativa sustenta esta deducción?
La deducción se basa en la Ley 35/2006 (LIRPF) y la Orden ISM/386/2024.
Consulta vinculante oficial V0507-25
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