La pérdida patrimonial por acciones requiere la disolución y liquidación de la sociedad
La situación de las acciones de una sociedad que deja de cotizar en un mercado secundario oficial ha generado dudas sobre la posibilidad de declarar una pérdida patrimonial en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). La Dirección General de Tributos ha emitido un criterio vinculante para delimitar el momento exacto en que se produce esta alteración patrimonial.
Qué ha resuelto la DGT
La consulta planteada buscaba determinar si el hecho de que una sociedad deje de cotizar permitiría reflejar una pérdida patrimonial en el IRPF. El organismo ha resuelto que la mera salida de cotización no implica automáticamente una pérdida patrimonial para los socios.
Para que se pueda computar una pérdida según lo establecido en el artículo 37.1, e) de la LIRPF, es imprescindible que se produzca la disolución y la posterior liquidación de la sociedad. El criterio establece que el período impositivo aplicable será aquel en el que se formalice la liquidación, momento en el cual se considera que existe una alteración patrimonial. El resultado obtenido se integrará en la base imponible del ahorro.
Qué significa para ti
Si eres socio de una persona física de una entidad que deja de cotizar en bolsa, no puedes declarar la caída del valor de tus acciones como una pérdida patrimonial en tu declaración de la renta basándote únicamente en la falta de liquidez o en la ausencia de cotización. El valor de tus participaciones permanece intacto a efectos fiscales hasta que la sociedad desaparezca formalmente.
Este criterio afecta directamente a los particulares que deseen reducir su base imponible del ahorro mediante la declaración de pérdidas en situaciones de crisis de cotización de las empresas en las que participan.
Qué conviene hacer
Es necesario distinguir entre la pérdida de valor de mercado y la pérdida patrimonial fiscal. Ante una situación de deslistado, se debe verificar el estado jurídico de la sociedad. La pérdida solo será fiscalmente deducible cuando se complete el proceso de disolución y liquidación conforme a la Ley de Sociedades de Capital. Se recomienda valorar cada situación particular para determinar el momento adecuado de la declaración de la pérdida.
Preguntas frecuentes
- ¿Puedo declarar una pérdida si la empresa deja de cotizar en bolsa?
- No, la falta de cotización no es suficiente para computar la pérdida patrimonial en el IRPF.
- ¿Cuándo se puede declarar la pérdida de las acciones?
- Solo cuando se produzca la disolución y la liquidación efectiva de la sociedad.