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La retirada de efectivo de una cuenta bancaria no es un gasto deducible en el IS

Una reciente consulta vinculante de la Dirección General de Tributos (DGT) ha clarificado la naturaleza fiscal de las retiradas de efectivo realizadas desde las cuentas bancarias de una entidad. El análisis se centra en determinar si este movimiento de fondos puede ser tratado como un gasto deducible en el Impuesto sobre Sociedades (IS).

Qué ha resuelto la DGT

La DGT ha dictaminado que la retirada de efectivo de una cuenta de la entidad no constituye un gasto fiscalmente deducible. El criterio se fundamenta en la aplicación de los artículos 10.3 y 11 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS). Según la normativa, la base imponible se calcula partiendo del resultado contable de la empresa.

Para que un importe sea considerado gasto, debe producirse un decremento en el patrimonio neto de la sociedad. En el caso de una retirada de efectivo, el dinero simplemente cambia de ubicación (de la cuenta bancaria al efectivo en caja), por lo que no existe una reducción real del patrimonio de la entidad. Al no contabilizarse un gasto ni producirse dicha disminución patrimonial, no existe base para la deducción fiscal.

Qué significa para ti

Este criterio tiene una incidencia directa en la gestión financiera de las empresas. Si una entidad retira fondos de su cuenta bancaria con la intención de considerarlos como una pérdida o un gasto por el hecho de no poder utilizarlos en la actividad empresarial, la Administración Tributaria no reconocerá dicha deducción.

Es fundamental distinguir entre la disponibilidad de los fondos y la pérdida de los mismos. El mero hecho de que el efectivo no se emplee en la actividad económica no transforma la operación en un gasto deducible si el patrimonio neto de la sociedad permanece intacto.

Qué conviene hacer

Ante esta resolución, las empresas deben asegurar que la contabilidad refleje fielmente la realidad de los movimientos de tesorería. Es necesario:

  • Diferenciar correctamente entre movimientos de caja y gastos reales de explotación.
  • Verificar que cualquier deducción aplicada en el Impuesto sobre Sociedades esté respaldada por un decremento efectivo del patrimonio neto.
  • Valorar cada situación contable de forma individual para evitar errores en la determinación de la base imponible.

Preguntas frecuentes

¿Por qué no se puede deducir la retirada de efectivo?
Porque no produce un decremento en el patrimonio neto de la empresa, solo un cambio de ubicación del dinero.
¿Qué normativa sustenta este criterio?
Se basa en los artículos 10.3 y 11 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS).
Consulta vinculante oficial V0188-25
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