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V3811-16 ·9 de septiembre de 2016 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Los servicios de publicidad están sujetos al IVA si el destinatario tiene su sede o domicilio en España

Una empresa de publicidad pregunta cuándo sus servicios están sujetos al IVA al trabajar con clientes en España y otros Estados Miembros. La DGT responde que el impuesto se aplica si el destinatario es un empresario o profesional con sede, establecimiento permanente o domicilio en territorio español.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2016-09-09PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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