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V3527-16 ·27 de julio de 2016 ·consulta-vinculante Impacto medio
FISCAL

Se permite compensar bases imponibles negativas tras una fusión en el extranjero si la participación ya existía en el grupo

Se consulta si una sociedad española puede compensar sus bases imponibles negativas tras una operación de fusión de sus matrices en Alemania. La DGT responde que no se aplica la limitación de compensación porque la participación en la sociedad española ya era propiedad del mismo grupo antes de la fusión.

En 5 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2016-07-27PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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