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V3457-15 ·12 de noviembre de 2015 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

La disolución de una comunidad de bienes sin exceso de adjudicación no genera ganancias patrimoniales ni otros impuestos

Dos personas propietarias al 50% de dos locales comerciales quieren extinguir su proindiviso adjudicándose cada una un inmueble. La DGT responde que, si la adjudicación respeta las cuotas de titularidad, no hay alteración patrimonial en el IRPF, ni transmisión en el ITPAJD (salvo AJD), ni hecho imponible en el IIVTNU.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2015-11-12PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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