Ir al contenido
V3068-20 ·8 de octubre de 2020 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Una fusión por absorción puede acogerse al régimen especial si cumple requisitos mercantiles y fiscales

Se consulta si una fusión por absorción entre dos entidades puede aplicar el régimen fiscal especial de fusiones. La DGT indica que es posible si se realiza bajo la Ley de modificaciones estructurales y cumple el artículo 76.1 de la LIS, siempre que no tenga como fin principal el fraude o la ventaja fiscal.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2020-10-08PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo fiscal revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo fiscal
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto