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V3049-21 ·7 de diciembre de 2021 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

La refacturación de gastos de electricidad no es un suplido y está sujeta al IVA al 21%

El consultante pregunta si el pago de suministros eléctricos que el arrendador repercute al arrendatario es un suplido o una refacturación. La DGT determina que, al expedirse las facturas a nombre del arrendador, no es un suplido y debe tributar como una prestación de servicios.

En 5 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2021-12-07PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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