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V2571-14 ·1 de octubre de 2014 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

La aportación de activos de distribución eléctrica puede ser una rama de actividad si constituye una unidad económica autónoma

Una empresa consulta si la aportación de sus elementos patrimoniales dedicados a la distribución de energía eléctrica a una nueva entidad constituye una aportación no dineraria de rama de actividad. La DGT señala que, si el patrimonio constituye una unidad económica capaz de funcionar por sus propios medios y tiene motivos económicos válidos, podría acogerse al régimen especial.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2014-10-01PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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