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V2537-23 ·21 de septiembre de 2023 ·consulta-vinculante Impacto medio
FISCAL

No sujeción al Impuesto sobre el Patrimonio ni al ITSGF por participaciones en entidades no negociadas en mercados organizados

Un residente en México consultó si debía tributar en España por el Impuesto sobre el Patrimonio y el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas debido a su participación indirecta en una sociedad española inmobiliaria a través de una entidad mexicana. La DGT responde que, al ser la entidad española una sociedad cotizada, no se cumple el requisito de que los valores no estén negociados en mercados organizados.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2023-09-21PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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