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V2472-14 ·23 de septiembre de 2014 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

El uso de un almacén logístico externo no constituye un establecimiento permanente para el IVA

Una empresa italiana consultó si disponer de un almacén gestionado por un operador logístico en España constituía un establecimiento permanente. La DGT responde que no existe establecimiento permanente si solo se recibe un servicio de depósito y detalla el tratamiento del IVA para las operaciones resultantes.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2014-09-23PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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