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V2438-24 ·4 de diciembre de 2024 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Exención art. 7.p) IRPF por trabajos realizados en Portugal: requisitos aplicables cuando los rendimientos superan el límite de 60.100 euros

Un residente en España que realiza su trabajo en Portugal y cuyos rendimientos de trabajo van a superar 60.100 euros en 2024 pregunta sobre la aplicación de la exención del artículo 7.p) de la LIRPF. La DGT recuerda los tres requisitos acumulativos (desplazamiento efectivo al extranjero, empresa o entidad no residente destinataria, e impuesto análogo o CDI con cláusula de intercambio de información en el territorio), confirma que Portugal cumple el tercer requisito, pero no puede verificar el segundo al no aportarse datos. No responde a la pregunta sobre la cumplimentación del modelo de declaración, remitiendo esa cuestión al Departamento de Gestión Tributaria de la AEAT.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2024-12-04PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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