Holding sin personal propio y exención IS sobre dividendos y plusvalías de participaciones: condición de entidad patrimonial y aplicación del artículo 21 LIS
Ficha tecnica
Resumen
Una sociedad holding cuya actividad se limita a la tenencia y gestión de participaciones de al menos el 5%, sin personal asalariado ni local propio, consulta si tiene la consideración de entidad patrimonial y si puede aplicar la exención del artículo 21 LIS sobre dividendos y ganancias de transmisión de participaciones. El administrador realiza las gestiones percibiendo retribución por ello.
En 6 claves
A quien afecta
Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.
Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Que hacer y antes de cuando
Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.