Holding sin personal propio y exención IS sobre dividendos y plusvalías de participaciones: condición de entidad patrimonial y aplicación del artículo 21 LIS
Technical details
Summary
Una sociedad holding cuya actividad se limita a la tenencia y gestión de participaciones de al menos el 5%, sin personal asalariado ni local propio, consulta si tiene la consideración de entidad patrimonial y si puede aplicar la exención del artículo 21 LIS sobre dividendos y ganancias de transmisión de participaciones. El administrador realiza las gestiones percibiendo retribución por ello.