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V2300-21 ·16 de agosto de 2021 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Los gastos por la crisis del COVID-19 no computan para la deducción por producción audiovisual, pero pueden ser deducibles en el Impuesto sobre Sociedades

Una productora audiovisual consultó si los gastos incurridos por la crisis sanitaria del COVID-19 para la ejecución de una producción podían formar parte de la base de la deducción por producciones extranjeras. La DGT responde que no pueden integrarse en dicha deducción específica por no estar directamente relacionados con la producción, aunque sí podrían ser deducibles como gasto general del impuesto.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2021-08-16PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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