Sociedad española debe retener por IRNR al 24% sobre retribuciones de administrador residente en Reino Unido y declarar mediante modelos 216 y 296
Ficha tecnica
Resumen
Una sociedad limitada española consulta sobre las retenciones a practicar sobre las remuneraciones de su administrador, residente fiscal en Reino Unido que ejerce las funciones de forma telemática. La DGT concluye que España puede gravar dichas retribuciones conforme al CDI España-Reino Unido y al TRLIRNR, con retención del 24%, declarada en los modelos 216 y 296.
En 6 claves
A quien afecta
Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.
Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Que hacer y antes de cuando
Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.