La agrupación de fincas tributa por la cuota variable de AJD y su base imponible es el valor de referencia o el mayor de los valores
Ficha tecnica
Resumen
Se consulta sobre la base imponible aplicable a la agrupación de dos fincas contiguas con una sola referencia catastral. La DGT responde que la operación tributa por la cuota variable de Actos Jurídicos Documentados y que la base imponible será el valor de referencia catastral.
En 6 claves
A quien afecta
Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.
Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Que hacer y antes de cuando
Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.