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V1952-18 ·2 de julio de 2018 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

La computación de una pérdida patrimonial por pagos a una promotora requiere la existencia de un derecho de crédito y su posterior carácter judicialmente incobrable

Un contribuyente pregunta si puede declarar una pérdida patrimonial por los pagos realizados a una promotora de un inmueble no construido. La DGT responde que solo existe pérdida si se acredita un derecho de crédito y este resulta judicialmente incobrable bajo los supuestos de la ley.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2018-07-02PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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