IS: dividendos entre sociedades con participación superior al 5% durante más de un año quedan exentos de retención por el art. 21 LIS, con Modelo 123 negativo
Ficha tecnica
Resumen
Una sociedad anónima que distribuye dividendos a dos socias personas jurídicas titulares de más del 5% del capital durante más de un año no está obligada a practicar retención, siempre que se cumplan los requisitos del artículo 21.1 de la LIS. No obstante, aunque no exista obligación de retener, la entidad pagadora debe presentar el Modelo 123 marcando declaración negativa si en ese periodo no ha satisfecho otras rentas sometidas a retención.
En 6 claves
A quien afecta
Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.
Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Que hacer y antes de cuando
Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.