Exención art. 7 p) IRPF no aplicable a rendimientos facturados mediante contrato mercantil aunque los trabajos se realicen en el extranjero
Ficha tecnica
Resumen
Un residente en España que presta servicios para una empresa extranjera mediante contrato mercantil y emitiendo facturas mensuales consulta si le aplica la exención del art. 7 p) LIRPF. La DGT concluye que la exención requiere una relación laboral o estatutaria caracterizada por la ajeneidad; al tratarse de rendimientos de actividades económicas derivados de un contrato mercantil de prestación de servicios, la exención no resulta aplicable.
En 6 claves
A quien afecta
Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.
Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Que hacer y antes de cuando
Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.