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V1713-22 ·18 de julio de 2022 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

La exención por trabajos en el extranjero requiere que el servicio sea una prestación intragrupo con utilidad para la entidad no residente

Un empleado de una hotelera española que viaja semanalmente a Portugal para dirigir operaciones pregunta si puede aplicar la exención del artículo 7 p) de la LIRPF. La DGT señala que para que proceda, los trabajos deben ser efectivamente realizados en el extranjero y constituir un servicio intragrupo que aporte una ventaja o utilidad a la entidad no residente.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2022-07-18PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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